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año:2005
 
institución:MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores PAGE División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores 3 Máster Juan de Dios Araya Navarro 8 de agosto, 2005 Ministerio de Seguridad Pública DI-CR-429 Al contestar refiérase al oficio Nº 09291 8 de agosto, 2005 DI-CR-429 Máster Juan de Dios Araya Navarro Auditor Interno MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA Estimado señor: Asunto: Criterio sobre la irretroactividad en la aplicación de la normativa vigente relativa a nombramientos en perjuicio del auditor y subauditor internos del Ministerio de Seguridad Pública. Se atiende su misiva No. AGSP-B01-859-2005 del 15 de junio del año en curso, en donde se consulta sí a partir de la promulgación de la Ley General de Control Interno, No. 8292, publicada en La Gaceta No. 169 del 2 de setiembre de 2002, es necesario someter a concursos públicos las plazas ocupadas de auditor y subauditor internos del Ministerio de Seguridad Pública, a efectos de quedar acreditados en dichos cargos. Agrega que ambos tienen varios años de laborar en esos puestos, antes de la emisión de la referida normativa. De previo a abordar su consulta, se advierte que de conformidad con las competencias conferidas a esta Oficina, el presente memorial no se referirá a asuntos específicos de orden laboral. En razón de ello, se procede a atender su solicitud, exclusivamente en los términos del artículo 31 de la Ley General de Control Interno, puesto que corresponde a esta Contraloría General autorizar a la Administración Pública las solicitudes de los nombramientos interinos en los puestos de auditores y subauditores internos; así como, aprobar los procesos concursales para los nombramientos por tiempo indefinido y dictaminar la conclusión de la relación de servicio, por justa causa en dichos cargos. En efecto, de acuerdo con el inc ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 03/08/2005
Documento: 09291-2005.DOC
Institución: MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS


PAGE -2- R-DAGJ-677-2005 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica San José, a las diez horas del once de octubre del dos mil cinco.------------------------------------------- Recurso de objeción interpuesto por Disexport Internacional S.A. en contra de las modificaciones al cartel, de la Licitación Pública 20-2005, promovida por el Ministerio de Seguridad Pública para la compra y permuta de vehículos.------------------------------------------------ I.-POR CUANTO: La firma Disexport Internacional S.A interpuso recurso de objeción en contra de las modificaciones al cartel de la Licitación Pública # 20-2005, para compra y permuta de vehículos.-------------------------------------------------------------------------------------------------------- II. POR CUANTO: Mediante auto de las 15:00 horas del 29 de setiembre del dos mil cinco, se concedió audiencia especial a la Administración con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de la objetante y remitiera una copia fiel del cartel. ------------------------------------------ III. POR CUANTO: La Administración respondió la audiencia el 5 de octubre del 2005.-------- IV.-SOBRE EL FONDO: En forma reiterada este Despacho ha indicado que el recurso de objeción ha sido dispuesto en nuestro ordenamiento como el remedio para remover obstáculos injustificados o arbitrarios a la libertad de participación, en aras de respetar los principios de libre concurrencia e igualdad de trato. Así, los potenciales oferentes coadyuvan con la Administración en la formulación y depuración del pliego de condiciones. Este recurso demanda que el inconforme señale en forma expresa y razonada en qué consiste la arbitrariedad de la Administración, es decir, debe demostrar la falta de fundamento técnico o jurídico de la cláusula, o la corrección improcedente de la misma, con miras a llenar las expectativas de la Administración. En el caso del recurso interpuesto se dijo: 1) Velo ...
Fecha publicación: 14/10/2005
Fecha emisión: 11/10/2005
Institución: MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 3 Grethel Herrera Jiménez 30 de setiembre, 2005 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio No.12841 30 de setiembre, 2005 DI-AA-2337 Licenciada Grethel Herrera Jiménez Proveeduría Institucional Ministerio de Seguridad Pública Barrio Córdoba, frente al Liceo Castro Madriz Estimada señora: Asunto: Solicitud de criterio jurídico con relación a la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública. Damos respuesta a su oficio sin número presentado a la Contraloría General el 28 de junio del presente año, mediante el cual plantea una consulta relacionada con la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública (Ley No. 8422 publicada en el diario oficial La Gaceta No. 212 del 29 de octubre de 2004). En concreto solicita respuesta a la siguiente interrogante: 1. ¿Debe presentar la Declaración Jurada sobre la situación patrimonial, todos los funcionarios de las proveeduría Institucionales o solo los jefes o encargados de las mismas? I. Consideraciones preliminares. En cuanto a la atención de consultas presentadas a la Contraloría General de la República, relacionadas con la Ley Nº 8422 y su Reglamento Ejecutivo (publicado en el Alcance Nº 11 al diario oficial La Gaceta Nº 82 del 19 de abril de 2005), referidas concretamente a aspectos vinculados con el tema de la declaración jurada sobre la situación patrimonial, es a esta Unidad de Autorizaciones y Aprobaciones del Órgano Contralor, a quien por competencias y atribuciones internas le corresponde evacuar las consultas referidas a tales extremos, de ahí que dicha Unidad la que luego de practicar el análisis y la valoración requerida, da respuesta a la interrogante formulada. No obstante lo anterior, advertimos, que en ejercicio de la potestad consultiva atribuida a la Contraloría General, y normada en el artí ...
Fecha publicación: 14/10/2005
Fecha emisión: 11/10/2005
Documento: 12841-2005.doc
Institución: MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: CONTROL DE DECLARACIONES JURADAS DE BIENES


12 -2- R-DAGJ-637-2005 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las once horas con treinta minutos del veintisiete de setiembre del dos mil cinco.---------- Recurso de apelación interpuesto por la empresa Edificios Inteligentes Edintel S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación por Registro No. 51-2005, promovida por el Ministerio de Seguridad Pública, para la adquisición de un sistema de vídeo circuito cerrado, acto recaído a favor de la empresa Sonivisión S.A., por un monto de ¢49.959.268. -------------------------------------- RESULTANDO I. Edificios Inteligentes Edintel S.A. alegó en su recurso que presentaron una oferta base y varias alternativas, y el Ministerio no analizó las alternativas, las cuales cumplen con lo requerido y son las más bajas en precio. Agregan, con respecto a la oferta de la adjudicataria que el Ministerio rebaja equipo, pero no rebaja el precio, además de que la adjudicataria no desglosó el precio. -------- II. Esta División solicitó el respectivo expediente administrativo al Ministerio de Seguridad Pública. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------- III. En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley.------------------------------------ CONSIDERANDO I. Hechos Probados: Para la resolución del presente asunto, se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que el Ministerio de Seguridad Pública promovió la Licitación por Registro No. 51-2005, para la adquisición de un sistema de vídeo circuito cerrado. (Ver folio D1 del Expediente de Apelación). 2) Que el concurso fue adjudicado a la empresa Sonivisión S.A., por un monto de ¢49.959.268. (Ver folio D2 del Expediente de Apelación). 3) Que el Análisis y Recomendación de Adjudicación elaborado por el Ministerio de Seguridad Pública, determinó que no se tomaron en cuenta las ofertas alternativas Nos 1 y 2 de la apelante, ...
Fecha publicación: 30/09/2005
Fecha emisión: 27/09/2005
Institución: MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


PAGE -2- R-DAGJ-616-2005 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las once horas del veinte de setiembre de dos mil cinco.--------------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por la empresa Bako Trading, en contra del acto de adjudicación de la Licitación por Registro No. 87-2005, promovida por el Ministerio de Seguridad Pública para la compra de tela, acto recaído a favor de la empresa Sáenz Fallas S.A., por un monto de ¢25.056.000. ----------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO I. Bako Trading alegó en su recurso que con la prueba de laboratorio adjunta se demuestra que el tono de la muestra de su tela cumple con lo solicitado por el cartel, el cual requirió tela de color azul oscuro. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------- II. La presente resolución se dicta dentro del plazo establecido por ley, habiéndose observado durante su tramitación todas las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes.-------------------- CONSIDERANDO I. Hechos Probados: Esta División para la resolución del presente recurso ha tenido por probado el siguiente hecho: UNICO: Que el Ministerio de Seguridad Pública promovió la Licitación por Registro No. 87-2005 para la adquisición de tela, acto de adjudicación que recayó en la empresa Sáenz Fallas S.A., por un monto de ¢25.056.000. (Ver folios D1 y D2 del Expediente de Apelación). --------------------------------------------------------------------------------------------------------- II. De la admisibilidad del recurso presentado. Procedencia del recurso en cuanto al monto. En el Diario Oficial La Gaceta No. 34 del 17 de febrero de 2005, se comunicó la resolución R-CO-09-2005 de las 12 horas del 8 de febrero de 2005 emitida por el Despacho de la Contralora General ...
Fecha publicación: 24/09/2005
Fecha emisión: 21/09/2005
Institución: MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


PAGE -2- R-DAGJ-608-2005 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las dieciséis horas del catorce de setiembre de dos mil cinco.---------- Recurso de apelación interpuesto por CONTROL UNO, S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Por Registro 75-2005 promovida por el Ministerio de Seguridad Pública para la Compra de chalecos antibalas, recaído a favor de A. BACO TRADING, S.A. por un monto de cuarenta y seis millones doscientos mil colones.--------- RESULTANDO: I.- Que la firma apelante, interpuso recurso de apelación en contra de la adjudicación antes referida, indicando: 1) Que de acuerdo con los requerimientos del cartel se solicitó un chaleco blindado nivel IIIA de dos paneles balísticos cada uno con mínimo de 24 capas de material, de acuerdo a las normas regidas por NIJ 0108.01 en E.E.U.U.; 2) Que el chaleco solicitado fue un gold flex kevlar pero no con materiales balísticos en Spectra y gold flex kevlar, como el presentado por la firma adjudicataria, pues sus paneles tienen 20 capas de glod flex kevlar y 16 capas de spectra; que es un híbrido y no el que solicitaba el cartel; 3) Que el Director General de Armamento a.i. en sus conclusiones sobre las muestras presentadas estimó que el chaleco de su representada no cumple con las especificaciones requeridas y que el chaleco de la adjudicataria si cumple satisfactoriamente; 4) Que, además de las pruebas hechas a los chalecos de muestra no se tiene un informe o reporte de quién, cómo las hizo de cada panel balístico, el tipo de proyectil utilizado, la velocidad del mismo y ninguna de las empresas participantes o sus representante participó en las pruebas, por lo que no hubo igualdad de para los oferentes, de seguridad, legalidad y eficacia del acto y consideran que las pruebas de los chalecos debieron ser regladas e imparciales; 5) Que su chaleco si tiene laterales y el forro y los paneles son nuevos y los paneles de la adjudicatar ...
Fecha publicación: 24/09/2005
Fecha emisión: 21/09/2005
Institución: MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


PAGE 2 R-DAGJ-585-2005 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. San José, a las nueve horas del doce de septiembre de dos mil cinco. --------------------------------------------------------------------------------------- Recursos de Objeción al Cartel de la LICITACION POR REGISTRO Nº 160-2005, promovida por el MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA para la “Compra de equipo automotor”, instaurado por las empresas DISEXPORT S. A. y AUTOMOTORES SUPERIORES S. A.------- I.-POR CUANTO: Las empresas DISEXPORT S. A. y AUTOMOTORES SUPERIORES S. A. interpusieron oportunamente sendos recursos de objeción en contra del cartel de este concurso.------ II.-POR CUANTO: Mediante auto de las catorce horas quince minutos del treinta y uno de agosto del año en curso, se confirió audiencia especial a la Administración licitante con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de las objetantes y para que remitiera una copia fiel y completa del cartel de la Licitación.------------------------------------------------------------------------------- III.-POR CUANTO: La Administración atendió oportunamente la audiencia especial conferida mediante escritos sin número de oficio, suscritos por el Proveedor General de la Institución.------------ IV.- POR CUANTO: SOBRE EL FONDO: El recurso de objeción al cartel se dispone con el objeto de remover obstáculos infundados técnica o legalmente que limiten la participación del mayor número de oferentes, a efecto de garantizar el principio de igualdad y libre competencia consagrado en la Ley de Contratación Administrativa. Al respecto el Órgano Contralor se ha pronunciado reiteradamente, en el sentido de que los pliegos de bases en un procedimiento de concurso público, constituyen el reglamento específico de la contratación que se promueve y, como tal, deben constituir un cuerpo de especificaciones técnico, claro, suficiente, concreto, objetivo y amplio, en cuanto a la oportunidad de participar, de manera que las restricciones que se ...
Fecha publicación: 24/09/2005
Fecha emisión: 21/09/2005
Institución: MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


1 3 Rogelio Ramos Martínez 8 de setiembre, 2005 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio No.11039 08 de setiembre, 2005 DI-AA-1963 Licenciado Rogelio Ramos Martínez Ministro Ministerio de Seguridad Pública San José, Barrio Córdoba, frente al Liceo Castro Madriz Estimado señor: Asunto: Solicitud del Comité Pro-seguridad Barrio República de Cuba. Solicitando disculpas por la dilación en nuestra respuesta, nos referimos a su Oficio No. 235-2005 DM de 28 de enero del 2005, mediante el cual solicita dar respuesta a la solicitud realizada por la comunidad de Barrio Cuba, según nota presentada por la señora Julia Vargas Otárola, en su condición de Presidenta del Comité de Vecinos de esa localidad, para que autoricemos el Proyecto de Convenio de préstamo de un inmueble para ubicar la Sub-Comisaría de la comunidad. Sobre el particular, estimamos conveniente resaltar las siguientes consideraciones: I- Antecedentes. 1) Según Oficio No. 4193-2004 AJ, fue sometido a refrendo por parte de ese Ministerio el Convenio de Cooperación celebrado entre la citada Asociación con ese Ministerio. 2) Por Oficio No. 10117 de 26 de agosto del 2004, esta Unidad devolvió sin el refrendo respectivo el citado convenio, señalando entre otros aspectos que la Asociación no era propietaria del inmueble y no se aportaba documento legal alguno que demostrara que esa persona jurídica tenía el derecho de posesión del bien o estaba facultada jurídicamente para otorgar el préstamo del bien. 3) Mediante Nota de fecha 11 de octubre del 2004 la señora Julia Vargas Otárola, Presidenta del Comité de Vecinos Pro-Seguridad de Barrio República de Cuba se refiere al Oficio No. 10117-2004 de cita, por el que se denegó al Convenio de Cooperación celebrado entre la mencionada Asociación con ese Ministerio. 4) Según nota de fecha 12 de octubre d ...
Fecha publicación: 11/09/2005
Fecha emisión: 08/09/2005
Documento: 11039-2005.doc
Institución: MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: OTROS


1 10 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 10443 26 de agosto de 2005 DAGJ-2518-2005 Señora Marta Porras Vega Directora a.i. Dirección de Recursos Humanos MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA Estimada señora: Asunto: Consulta sobre la aplicabilidad del artículo 14 de la Ley No. 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Publica. Nos referimos a su oficio número 4115-2005-DRH, presentado ante esta Contraloría General el día 22 de junio de 2005, por medio del cual solicita el criterio de este órgano contralor respecto de los alcances y aplicación de la Ley No. 8422, con relación a la prohibición para ejercer profesiones liberales a que se refiere el artículo 14. Específicamente, plantea el caso de que actualmente la persona que ocupa el cargo de Director General Administrativo y Financiero tiene a su vez recargo de las funciones del Oficial Mayor de ese Ministerio, por lo que le surge la duda de si en vista de que de conformidad con la Ley No. 8422 el cargo de oficial mayor se encuentra afecto al régimen de prohibición, procedería el pago respectivo, o si por el contrario necesariamente debería estar ocupando el puesto cubierto por dicho régimen para que proceda el pago. Por otra parte, respecto al cargo de directores y subdirectores generales de los órganos desconcentrados, consulta si se puede equiparar dicho cargo al de director de cada una de las regiones policiales en las que se encuentra dividida territorialmente la Fuerza Pública. · NUESTRO CRITERIO: Con el fin de llegar a una adecuada conclusión acerca de los asuntos planteados, resulta procedente realizar un breve análisis del ámbito de aplicación subjetivo del artículo 14 de la mencionada Ley No. 8422, a efectos de determinar si los cargos señalados en su misiva se encuentran o no cubiertos por dicha norma. Sin embargo, es menester manifestar que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de nuestra Ley Orgánica y en la ...
Fecha publicación: 01/09/2005
Fecha emisión: 29/08/2005
Documento: 10443-2005.doc
Institución: MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
Tesauro: Prohibicion de Ejercicio Profesiones Liberales , Pago de Prohibicion al Ejercicio Liberal de la Profesion


PAGE 3 R-DAGJ-534-2005 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión jurídica. San José, a las doce horas del veintitrés de agosto de dos mil cinco.----------------------------------------- Recurso de objeción interpuesto por Tauro del Este Cinco, S. A., en contra del cartel de la licitación por registro 149-2005, promovida por el Ministerio de Seguridad Pública para el mantenimiento de equipo de transporte.---------------------------------------------------------------------------- I.- POR CUANTO: Tauro del Este Cinco, S. A. interpuso recurso de objeción en contra del cartel de la referida licitación, el diez de agosto de dos mil cinco. ------------------------------------------ II.- POR CUANTO: La invitación a participar en el proceso licitatorio que nos ocupa, se publicó en La Gaceta 153 de diez de agosto de dos mil cinco, en la que se fijó como fecha límite para la recepción de las ofertas, hasta las diez horas del diecisiete de agosto de dos mil cinco.-------- III.-Sobre el fondo: Único aspecto: Plazo para la presentación de ofertas: Alega la recurrente que la Administración infrigió lo dispuesto en el artículo 59.11. del Reglamento de Contratación Administrativa dado que la invitación se publicó en La Gaceta 153 del diez de agosto de dos mil cinco, en la que se fijó como fecha límite para la recepción de las ofertas, hasta las diez horas del diecisiete de ese mismo mes y año, por lo que el plazo establecido por la Administración es de cuatro días hábiles comprendidos entre el día siguiente a la publicación de la invitación (11 de agosto de 2005) y la fecha límite para recepción de las ofertas (17 de agosto de 2005) y el plazo mínimo que establece la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento General es de 8 días hábiles. Por lo anterior, solicita se ordene a la Administración ajustar el plazo mínimo para recibir ofertas de acuerdo a lo estipulado en legislación que rige la contratación administrativa. Por ot ...
Fecha publicación: 26/08/2005
Fecha emisión: 23/08/2005
Institución: MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL